Ahorro

Ahorro Permanente
El valor del aporte permanente corresponde mínimo al 2% y máximo el 10% del salario mensual, en caso de ser asociado exempleado/pensionado se aportará mínimo 2 SMDLV y máximo 2 SMMLV.

El Ahorro Permanente se distribuye en:          90% como Ahorro Permanente       10% como Aporte Ordinario

FONDEC reconocerá rendimientos sobre saldos de ahorro permanente acumulados, la tasa la establece la  Junta Directiva quien revisará, autorizará y pagará anualmente en el mes de diciembre.

Los saldos individuales que acumulen los asociados en la cuenta de Ahorro Permanente, solo podrán retirarse cuando el asociado se desvincule definitivamente del Fondo.

Los Ahorros Permanentes quedarán afectados desde su origen, a favor de FONDEC como garantías de las obligaciones que el asociado contraiga con este. Tales sumas son inembargables y no pueden transferirse a otros asociados o a terceros (Artículo 16 del Decreto ley 1481 de 1989).

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